Elpresente Convenio entra en vigor el día 1 de enero del año 2020 y su duración, que será de 4 años, finalizará el 31 de progresiva convergencia hacia la recuperación de las condiciones salariales establecidas en el Convenio. En cualquier caso, la duración de la inaplicación salarial no podrá exceder la vigencia del presente
ElSalario Base para el cálculo de Complementos del año 2020, que figura en el Art. 37 del Convenio, es el resultado de incrementar la Tabla Base para Cálculo de Complementos del año 2019 en los mismos porcentajes que las tablas salariales. La cuantía del año 2020 aparece recogida en la correspondiente columna de las tablas salariales que
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Habiéndoseconstatado que el incremento del IPC al 31 de diciembre de 2.021 respecto al 31 de diciembre de 2020 ha sido del 6,5% y de acuerdo con lo establecido en el anexo del Convenio Colectivo, se procede a la revisión de las Tablas Salariales para el año 2022 aplicando dicho porcentaje. . 334 94 378 103 455 314 26 234